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Miami Abogado de Lesiones Personales

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Abogado con Experiencia en Lesiones Personales en Miami Luchará por los Daños y Perjuicios

Callejo Law fue fundada por Sra. Karen H. CallejoLa abogada de la firma de abogados de la compañía de seguros, la cual tiene más de 25 años de experiencia abogando por los derechos de los lesionados. Como ex abogada defensora de seguros, ella tiene una ventaja en la negociación de acuerdos para los clientes; ella sabe exactamente cómo las compañías de seguros y los ajustadores operan y evalúan sus reclamaciones. Además, como experta abogada litigante, no dudará en llevar un caso a juicio si no se puede llegar a un acuerdo favorable.

Callejo Law abogará en su nombre para maximizar su reclamación:

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¿Qué tengo que probar en un caso de lesiones personales en Miami, FL?

Las reclamaciones por lesiones personales vienen en todas las formas y tamaños en Florida, desde accidentes de tráfico a resbalones y caídas a productos defectuosos a condiciones inseguras en propiedad ajena. Aun así, deben establecerse los mismos elementos básicos, de una forma u otra:

  • Deber. Toda persona tiene el deber legal de actuar razonablemente para evitar causar lesiones a otras personas. Un par de ejemplos son los conductores, que tienen el deber de conducir con precaución y obedecer todas las leyes de tráfico, y los propietarios, que tienen el deber de mantener su propiedad en condiciones seguras para los visitantes. El deber se discute a menudo en términos de una "persona razonable"; en otras palabras, ¿actuó el acusado de la misma manera que lo haría una persona razonable en circunstancias similares?
  • Incumplimiento del deber. Una vez establecida la obligación, el demandante debe demostrar que el demandado la incumplió. Por ejemplo, si el demandado conducía en estado de embriaguez, se saltó una señal de stop y chocó contra su coche, el demandado incumplió la obligación de conducir de forma razonable porque un conductor razonable no conduciría en estado de embriaguez ni se saltaría una señal de stop.
  • Causalidad. El demandante debe demostrar que el incumplimiento del demandado causó sus lesiones. Así, por ejemplo, un demandante no puede alegar que su fractura de pierna fue causada por un reciente accidente de automóvil si el demandado puede demostrar que sufrió la fractura hace tres meses al caerse de una escalera. Sin embargo, si el accidente de coche agravó su lesión en la pierna, requiriendo, por ejemplo, cirugía adicional, el demandante puede ser capaz de recuperar por esos daños específicos.
  • Daños y perjuicios. Por último, el demandante debe demostrar que la lesión sufrida le ha costado daños físicos o materiales, como reparaciones del coche, facturas médicas, pérdida de salarios y, posiblemente, dolor y sufrimiento.

Daños y perjuicios en una demanda por lesiones personales en Florida

En FloridaUn demandante que gane una demanda por lesiones personales puede tener derecho a tres tipos de daños: (1) daños económicos, (2) daños no económicos y (3) daños punitivos.

Daños económicos

Los daños económicos que ha sufrido le afectan directamente; en otras palabras, le quitan dinero de su bolsillo:

  • Daños a su propiedad, como daños por reparación o sustitución del automóvil,
  • Pérdida de ingresos si no puede trabajar,
  • Pérdida de la capacidad de ganancia futura, si su capacidad de ganancia se ve obstaculizada de forma permanente,
  • El coste razonable de la atención médica,
  • Alquiler de coches, y
  • Gastos de servicios domésticos, como césped o limpieza

Daños no económicos

Los daños no económicos son aquellos que repercuten directamente en la víctima de alguna forma no económica y pueden incluir:

  • Dolor y sufrimiento, tanto físico como emocional y mental,
  • Pérdida del disfrute de la vida,
  • Desfiguración u otro tipo de discapacidad física,
  • Inconvenientes, y
  • La pérdida de consorcio o compañía en determinadas circunstancias.

Daños punitivos

Además de los daños reales, pueden concederse daños punitivos en determinadas circunstancias. Los daños punitivos sirven para castigar a los demandados que han actuado de forma especialmente deliberada y perjudicial y para disuadir de futuras acciones similares.

En Florida, los daños punitivos se conceden a discreción del tribunal y generalmente se limitan a tres veces el importe de los daños compensatorios, o hasta $500.000, la cantidad que sea mayor. Pueden aplicarse varias excepciones.

La "discreción del tribunal" es una oportunidad para que los abogados hagan algo de abogacía seria y convenzan al juez para que falle a favor de su cliente. Por lo tanto, es esencial tener un abogado litigante con experiencia, como los abogados de lesiones personales de Callejo Law en Florida, de su lado para asegurarse de que todos los daños punitivos a los que tiene derecho serán recuperados.

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Póngase en contacto con nosotros para su consulta gratuita con un abogado con experiencia en lesiones personales de Callejo Law. Trabajamos en base a honorarios de contingencia, lo que significa que usted puede proseguir con sus reclamos 100% libre de riesgo.

La calidad del servicio prestado por Callejo Law se refleja en sus reseñas de Google: un perfecto 5.0 en Google Reviews. Además, ofrecemos devoluciones en el mismo día de llamadas telefónicas y correos electrónicos, representación bilingüe y disponibilidad 24/7/365.

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